El Ministerio de Trabajo e Inmigración, a través de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, podrá complementar el abono anticipado y acumulado de la prestación contributiva por desempleo reconocido a los trabajadores y a las trabajadoras inmigrantes que decidan acogerse al Plan de Retorno Voluntario, con ayudas para el viaje a sus países de origen:
- Pago del billete internacional desde España a su país.
- En caso necesario, abono de los gastos de desplazamiento en España desde su domicilio actual hasta la ciudad de salida a su país de origen. Se podrá incluir el abono de los gastos de alojamiento de una noche por motivos de viaje.
- Concesión de una ayuda económica de viaje de 50€ por cada uno de los miembros de la unidad familiar.
- Cobertura de gastos imprevistos debidamente justificados.